Calendario Académico 2012Resolución Consejo Superior Nº 245/11 El presente Calendario de Actividades Académicas para el año 2012 establece las recomendaciones mínimas para coordinar la actividad de enseñanza y aprendizaje de las distintas Unidades Académico – Administrativas, a los fines de asegurar un adecuado funcionamiento en el dictado de Cursos y Carreras. 1 - CICLO LECTIVO 2012 Se fija el ciclo lectivo para la Universidad Nacional de Río Cuarto, el período comprendido entre el 01 de Febrero y el 28 de Diciembre del 2012. 2 - INSCRIPCIONES Se establece como período para la inscripción de los aspirantes 2012, para cursar carreras de grado de la UNRC a partir del año 2012, el periodo comprendido entre el 01 y el 30 de Diciembre de 2011, y desde 01 al 10 de Febrero del 2012. 3 - REINCRIPCIÓN Y CENSO DE ALUMNOS El período para realizar la reinscripción y censo será fijado por las diferentes Facultades entre el 01 de Febrero y el 19 de Marzo del 2012, deberán cumplir con éste requisito todos los alumnos ordinarios inscriptos en las distintas carreras que se dictan en la Universidad desde el Año 1972 a 2012 inclusive. 4 - ASUETOS POR FERIADOS NACIONALES
4.1 - ASUETOS ESPECIALES
Estos asuetos son exclusivamente para el respectivo Claustro. 5 - RECESO DE INVIERNO El período de receso de invierno será de dos (2) semanas, se cumplirá entre los días 10 al 20 de Julio del 2012, sujeto al calendario académico de la provincia de Córdoba. 6 - ACTIVIDADES ACADÉMICAS Las Actividades Académicas para el 1º Año, se iniciarán el 06 de Febrero del 2012 con los “Encuentros de Integración Universitaria”, los mismos se extenderán hasta el 02 de Marzo del 2012. 7 - PERÍODO DICTADO DE CLASES El período efectivo de dictado de clases teórica y práctica de las materias de régimen cuatrimestral, comprenderá un lapso mínimo de catorce (14) semanas. 7.1 - MODIFICACIÓN AL CALENDARIO Excepcionalmente y por razones debidamente fundadas el período de clases de asignaturas podrá ser modificado por los diferentes Consejos Directivos, en cuanto se respete el total de las cargas horarias previstas en el respectivo Plan de Estudios. 8 - TURNOS DE EXÁMENES FINALES Las Unidades Académicas dispondrán sus Turnos de Exámenes Generales, en los siguientes períodos:
Las unidades académicas deberán disponer sus turnos de exámenes generales en los siguientes períodos: febrero-marzo, julio-agosto y noviembre-diciembre de cada año académico. Durante estos tres turnos generales se deberán integrar un mínimo de nueve llamados, quedando a criterio de las facultades la distribución de estos nueve llamados, como mínimo, en dicho turnos generales. 8.5 - Los Consejos Directivos podrán establecer con razones fundadas y a modo de excepción turnos de exámenes generales en Mayo y/o en Septiembre, debiendo en éste caso las Unidades Académicas que comparten servicios, acordar los alcances de esta implementación. 8.6 - TURNOS ESPECIALES Se considera turnos especiales a los que tienen lugar en los meses de Abril, Junio y Octubre de cada año académico. En estos turnos especiales podrán rendir exámenes los alumnos que deban aprobar materias regulares y en calidad de libres de acuerdo a lo que determinen y reglamenten los Consejos Directivos de las respectivas Facultades. 8.7 - Los Consejos Directivos elevarán al Consejo Superior para su conocimiento los respectivos Calendarios Académicos de Facultad. 8.8 - Los meses mencionados en los puntos 8.5 y 8.6 podrán ser utilizados indistintamente para turnos especiales o generales, siempre que se respete la cantidad de dos (02) meses/turnos de exámenes especiales, y en un todo lo demás resuelto en los puntos mencionados. 9 - INSCRIPCIÓN A CURSOS Y EXÁMENES Los alumnos deberán inscribirse en las respectivas Facultades en las fechas que éstas fijen. 10 - DIFUSIÓN Las fechas de inscripción a cursos y exámenes, serán comunicadas por las respectivas Facultades. |
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